martes, 30 de marzo de 2010

Escrutinio está a punto de concluir: Registraduría


EN CUMPLIMIENTO de las disposiciones previstas en el Código Electoral, las comisiones escrutadoras integradas por honorables jueces de la República y por delegados del Consejo Nacional Electoral (CNE), ya concluyeron los escrutinios en la mayoría de departamentos del país, informó ayer la Registraduría.

El proceso de escrutinio, adelantado por las distintas comisiones escrutadoras en todo el país, se realizó en audiencias públicas, con la presencia de candidatos, apoderados de los candidatos, testigos electorales acreditados, veedurías ciudadanas, medios de comunicación y representantes de la Procuraduría, las personerías y demás órganos de control.

En algunos casos, por solicitud del CNE, no se entregaron credenciales a los representantes que obtuvieron curul de acuerdo con el escrutinio realizado en la capital del departamento, ya que esa entidad adelantará en Bogotá la revisión de documentos electorales, de acuerdo con la facultad prevista en el numeral 4 del artículo 12 de la reforma política (acto legislativo 01 de 2009), que modificó el artículo 265 de la Constitución.

El CNE ordenó el viernes pasado, mediante distintas resoluciones, el traslado a Bogotá de documentos electorales relacionados con el proceso electoral del 14 de marzo, de algunos municipios de los departamentos de Nariño, Chocó, Cesar, Córdoba, Sucre y Valle. En consecuencia, los delegados departamentales de la Registraduría viajarán a Bogotá en el curso de esta semana para traer los documentos electorales requeridos.

Según la entidad oficial, las actas de escrutinio o formularios E-26 pueden están disponibles para consulta de todos los ciudadanos interesados en el sitio web www.registraduria.gov.co, en donde están siendo publicados.

Con relación a la solicitud de traslado de tarjetas electorales a Bogotá, la Registraduría adelanta el estudio de costos correspondiente a las toneladas de papelería a transportar, que se calcula en 6 kilos por mesa de votación, para que el CNE presente la solicitud de recursos necesarios al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

El numeral 3 del artículo 265 de la Constitución (12 de la reforma política ya mencionada), prevé que el CNE conocerá y decidirá definitivamente los recursos que se interpongan contra las decisiones de sus delegados sobre escrutinios generales y en tales casos procederá a efectuar la declaratoria de elección y expedir las credenciales correspondientes.

Además, el numeral 4 del mismo artículo señala que de oficio, o por solicitud, puede revisar escrutinios y los documentos electorales concernientes a cualquiera de las etapas del proceso administrativo de elección, con el objeto de que se garantice la verdad de los resultados.

De acuerdo con el numeral 8 del artículo 12 de la misma norma constitucional, compete al CNE efectuar el escrutinio general de toda votación nacional, hacer la declaratoria de elección y expedir las credenciales que haya lugar.


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