martes, 16 de febrero de 2010

Procuraduría impugna cambio de fiscal en el caso Galán


REVOCAR LA determinación en la que ordena el cambio de fiscal en el caso del ex director del DAS Miguel Alfredo Maza Márquez, vinculado por la muerte del ex candidato presidencial Luis Carlos Galán, pidió el procurador Alejandro Ordóñez, al titular del ente acusador (e) Guillermo Mendoza.

El jefe del Ministerio Público le pide al Fiscal Mendoza tener en cuenta que ya el caso esta avanzado.

Así mismo, basa su solicitud en que el caso puede quedar en manos del fiscal especializado que venia conociendo la investigación, teniendo en cuenta que Maza Márquez no es director del DAS.

“Al conocer el acto administrativo contentivo de su orden dirigida al señor Fiscal Veinticinco Especializado ante la Unidad Nacional de Derechos Humanos de trasladar el proceso que se adelanta por el magnicidio del doctor Luis Carlos Galán Sarmiento por competencia, al despacho del Fiscal General de la Nación, tras solicitud de la defensa supletoria, y con el argumento básico de reconocimiento de fuero al sindicado Miguel Alfredo Maza Márquez, derivado de la calidad de Director del Departamento de Seguridad DAS, que ostentaba para la época de los hechos; esta Delegada para el Ministerio Público en asuntos Penales, presenta Recurso de reposición contra la determinación de la referencia”, señala la carta enviada por el Procurador Alejandro Ordóñez a Mendoza Diago.

Agrega que “con ello reitera su postura constante de improcedencia de tal privilegio y de sus consecuencias procesales, expuesta por el Agente Especial de la Procuraduría General de la Nación que hasta hoy venía haciendo las veces de Ministerio Público en el decurso del proceso, que fue acogida integralmente por la Fiscalía General de la Nación en sendos pronunciamientos de primera y segunda instancia, habiéndose decidido un hábeas corpus y una acción de tutela en similar sentido, pero que ahora de manera sorpresiva, extraprocesal, luego de trascurrir cinco meses de vigencia de la nueva línea jurisprudencial de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia en materia de fuero parlamentario que se pretende aplicar, y justo el mismo día en el cual el fiscal de conocimiento había proferido el cierre de la investigación y se aprestaba a calificar el mérito del sumario con el apremio de los términos, es recogido por Usted como en una tercera instancia para decidir un cambio de competencia y de procedimiento”.

Añade que “se pretende con la impugnación la revocatoria de la determinación atacada, y que consecuentemente la investigación se continúe tramitando por el procedimiento ordinario acorde a la naturaleza de la conducta imputada”.

Más adelante indica que “ruego en tales términos, Señor Fiscal General de la Nación, un pronunciamiento expreso de su parte en punto de principios y derechos respecto a la aludida línea jurisprudencia, y también en torno a los alcances que Usted le otorga a la misma respecto a los fueros diversos al congresional, bajo la consideración sabida de que la jurisprudencia tiene alcance constitucional de criterio auxiliar de interpretación”.

Agrega que “rentro del tema que nos ocupa, y luego de analizar el escrito de la defensa donde peticiona el cambio de competencia se pudo establecer que dicho escrito no fue acompañado por piezas procesales que resultaran de ayuda para la determinación a tomar.- De igual manera el representante de la Procuraduría actuando como Agencia Especial, constató que el proceso no fue solicitado por su Despacho ni tampoco inspeccionado por Asesor alguno, luego entonces la resolución tomada se basó única y exclusivamente con los planteamientos presentados por la defensa, situación que conlleva a una realidad distorsionada pues es el proceso penal el que recopila cada una de las actuaciones que favorecen no solo a las víctimas sino al procesado”.


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