martes, 2 de febrero de 2010

Concejales pueden renunciar hoy y aspirar al Congreso


El Tribunal Constitucional tumbó la inhabilidad contemplada en la reforma política. La decisión también cobija a diputados y alcaldes que aspiren al Congreso.

CONCEJALES, DIPUTADOS, alcaldes y gobernadores que aspiren al Congreso podrán inscribirse en las próximas elecciones legislativas si renuncian hoy, dictaminó la Corte Constitucional al declarar inexequible el aparte de la reforma política que contemplaba una inhabilidad para estos funcionarios públicos en los comicios de marzo.

Estos funcionarios una vez presenten sus renuncias en las respectivas entidades, deberán inscribirse en las listas de sus partidos políticos al Senado y Cámara de Representantes a más tardar hoy, pues el plazo para que sean radicadas dichas listas en la Registraduría vence hoy.

En una votación de seis magistrados en contra de la inhabilidad y tres a favor, la Sala Plena de la alta Corte argumentó su decisión de declarar inconstitucional la inhabilidad que contemplaba la reforma política, en que durante el trámite de la reforma política se presentaron vicios de procedimiento, ya que no se surtieron el cuarto y octavo debate en las plenarias del Senado.

El presidente de la Corte Constitucional, magistrado Nilson Pinilla, manifestó que después de revisar las gacetas, actas, e incluso las grabaciones en video de todos los debates que se hicieron, el alto Tribunal llegó a esta conclusión.

Una vez se enteró de la decisión de la Corte, la concejal de Bogotá Gilma Jiménez renunció a su curul, para aspirar al Senado por el movimiento Verde.

De hecho, la demanda contra la inhabilidad fue presentada el año anterior ante el alto Tribunal por la concejal Jiménez y los congresistas David Luna y Alfonso Prada.

Los demandantes argumentaron que, en la aprobación de la reforma, los congresistas no incluyeron la discusión de la iniciativa en todos los debates y que la comisión de conciliación creada para aprobar el texto final se extralimitó en sus funciones por haberlo aprobado sin cumplir con los requisitos.

El parágrafo transitorio que fue declarado no ajustado a la Constitución por la alta Corte decía: “Nadie podrá ser elegido para más de una Corporación o cargo público si los respectivos períodos coinciden en el tiempo. La renuncia un año antes de la elección al cargo al que se aspire elimina la inhabilidad”.

Según el concepto de la Procuraduría, el texto habría sido aprobado de manera irregular y por eso debe ser declarado inexequible.

"El trámite de los ocho debates en los proyectos de reforma a la Carta Política es imperativo, sin perjuicio de las facultades que asisten a las plenarias de la Cámara de Representantes y del Senado frente a la posibilidad de introducir artículos nuevos", había sostenido en su concepto Alejandro Ordóñez.

Otra demanda contra la reforma política

En la Corte Constitucional reposa otra demanda contra la reforma política que tiene que ver con uno de los aspectos que causó más debate y controversia en el trámite de la reforma política en el Congreso: el transfuguismo. “Dentro de los dos meses siguientes a la entrada en vigencia del presente acto legislativo, autorízase, por una sola vez, a los miembros de los Cuerpos Colegiados de elección popular, o a quienes hubieren renunciado a su curul con anterioridad a la vigencia del presente acto legislativo, para inscribirse en un partido distinto al que los avaló, sin renunciar a la curul o incurrir en doble militancia”, dice el parágrafo transitorio del artículo primero demandado.

El procurador Alejandro Ordóñez le solicitó a la alta Corte declarar exequible el parágrafo demandado.


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