miércoles, 27 de mayo de 2009

Reforma política habilita a jefes paramilitares: Gaviria


Voceros de la bancada oficialista afirman que el artículo es para favorecer al senador del Polo, quien sostiene que ese argumento es falso

NO ES cierto que la reforma política abrirá las puertas para que ex jefes paramilitares tengan la posibilidad de aspirar a ser elegidos en cargos públicos, señaló Armando Benedetti, uno de los dos coordinadores ponentes designados para el trámite de esta reforma constitucional que espera sus dos últimos debates en Senado.

De esta forma el parlamentario del Partido de la U respondió al director único del Partido Liberal, el ex presidente César Gaviria, quien previno sobre la presencia de un “orangután” en el artículo cuarto de la reforma política, que según Gaviria faculta a ex jefes paramilitares para aspirar a cargos de elección popular y contratar con el Estado.

“Lo que tumbó la Corte Constitucional en la Ley de Justicia y Paz ahora lo pretenden convertir en una consagración constitucional”, dijo Gaviria, para después complementar afirmando que “yo no había visto una monstruosidad igual, como la de consignar los derechos de los jefes paramilitares en la Constitución”.

Sin embargo, Benedetti señaló que Gaviria está equivocado porque “esa redacción se volvió a construir para favorecer a Petro. Como él ya fue juzgado, entonces según esa teoría que quiere hacer Gaviria, sería entonces que no pudiera asistir ni Petro al Senado”.

El coordinador de ponentes de la reforma política dijo que se han tenido que hacer “malabarismos” con esa redacción para que por delitos políticos sí puedan aspirar a cargos de elección popular, mientras que “en delitos comunes los parapolíticos jamás en la vida puedan ir. A nadie se le ha ocurrido eso, a nadie se le ha ocurrido que los parapolíticos puedan regresar a la política, quiero dejarlo bien claro”, remarcó Benedetti.

El problema no es mío: Petro

Sin embargo, el senador Gustavo Petro dijo que su caso no puede servir como ejemplo para justificar la redacción del citado artículo cuarto: “Ese artículo se refiere no a los congresistas. El capítulo de los congresistas tiene un artículo aparte que prohíbe ser congresista a quien haya sido condenado, excepto por delitos políticos o culposos”.

Petro señala que el artículo en discusión está en el capítulo de la función pública y reforma el artículo 122 de la Constitución. “Mientras que hay unas inhabilidades específicas para congresistas y hay otra para presidente, éste (el artículo cuarto) es para cualquier tipo de funcionario público”.

Entonces en ese artículo (122) no había ninguna prohibición en la Constitución del 91. El referendo de Uribe solo aprobó un artículo que le agregó “no podrán ejercer función pública quienes hayan sido condenados por delitos contra el patrimonio público”.

Petro señala que él no tendría problema para aspirar nuevamente al Congreso o a la Presidencia de la República porque estos cargos contemplan dentro de las excepciones de inhabilidades los delitos políticos.

Sin embargo, el senador dijo que el texto de ese artículo como salió de Cámara “es un enredo”. En ese sentido señaló que la redacción del artículo no puede ser tan laxa que permita a los condenados por delitos de lesa humanidad aspirar a cargos de elección, pero tampoco tan amplia en sus restricciones que incluso no permitiría que ex combatientes del paramilitarismo sigan hoy contratando con el Estado para cuidar vías, por ejemplo.

Por eso Petro propondrá cuando la reforma política llegue en su séptimo debate a la Comisión Primera de Senado que no pueda ser funcionario público que haya cometido delitos contra el patrimonio, pero tampoco delitos de lesa humanidad y narcotráfico.


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