lunes, 27 de octubre de 2008

Referendo: los polémicos planes B


Ya va mes y medio y el proyecto que convoca a una jornada electoral para preguntarle al país si quiere o no un tercer periodo de Uribe parece hundirse en el olvido. No obstante, los promotores enfilan baterías para lograr que la propuesta sea una realidad, aunque los métodos son criticados por expertos. ¿El fin justifica los medios?

Reformar la pregunta del referendo: Al recoger las firmas de más de cinco millones de colombianos, los promotores del referendo le preguntaron a éstos si querían que “el artículo 197 de la Constitución quedara así: quien haya ejercido la Presidencia de la República por dos periodos constitucionales podrá ser elegido para otro periodo”. Sin embargo, se planteó que el término “ejercido” inhabilitaría a Uribe para presentarse nuevamente, ya que para la fecha de las elecciones presidenciales (mayo de 2010) no habría terminado su periodo. Por tal razón, se estimó cambiar el “ejercido” por “elegido”. El ponente de la iniciativa en Cámara, representante Germán Olano, indicó que un concepto en el Consejo de Estado avalaba el cambio de la pregunta. Sin embargo, otros de la bancada de la coalición aseguran que reformarla no es deber del legislador, ya que la iniciativa tiene origen en los ciudadanos.

La definición de Giraldo: No obstante, el propio coordinador de promotores, Luis Guillermo Giraldo, indicó en días pasados que “si uno ejerce no tiene que hacerlo por cuatro años, sino con un día es suficiente”. Sin embargo, la Real Academia Española (RAE) indica que la palabra ejercer significa: practicar los actos propios de un oficio, facultad o profesión, lo que para los expertos significa que Uribe debe cumplir todo su periodo presidencial como lo manda la Constitución para poder acceder a una nueva campaña electoral, si el referendo pasa con la pregunta establecida.

Apelación ante la plenaria: En caso tal de que el referendo sea archivado por orden de los ponentes o de la Comisión Primera en la Cámara, se podría acudir a la posibilidad de apelar esta decisión ante la Corporación. Así lo establece el artículo 166 del Reglamento del Congreso, el cual indica que en una situación como esta “cualquier miembro de la Comisión o el autor del mismo, el Gobierno o el vocero de los proponentes en los casos de iniciativa popular, podrán apelar la decisión ante la plenaria de la respectiva Cámara”. No obstante, la misma norma explica que la plenaria es libre de elegir si acoge o no la apelación. Si la acoge, “la Presidencia (de la Corporación) remitirá el proyecto a otra Comisión Constitucional para que surta el trámite en primer debate” y si no, se procederá al archivo. Como está la situación de la Comisión, con un proyecto de Estatuto de Víctimas truncado por el Gobierno y sin referendo a la vista en el orden del día, esta posibilidad no es lejana. No obstante, el mismo presidente Uribe le pidió a su bancada evacuar antes de finalizar el periodo la reforma política, a la que le quedan tres debates en la Cámara, y si se le añade el estudio de una apelación, el acto legislativo quedaría relegado.

La orden de la Registraduría: Si ninguna de estas tres fórmulas funciona, Giraldo ya puso en marcha su as bajo la manga, el cual consistió en pedirle a la Registraduría Nacional que le certifique que recogió más del 10 por ciento del censo electoral (dos millones 800 mil firmas) para que sea el jefe de esta entidad quien convoque a un referendo para preguntarle a los ciudadanos si quieren que el Congreso tramite o no el referendo de reelección. Sin embargo, la ley que ampara esta posibilidad, que data de 1994, no ha sido desarrollada nunca y muchos opositores aseguran que se está sacando de contexto.

Además, los costos de este referendo para tramitar otro referendo no serían bajos: una convocatoria a las urnas cuesta, en promedio, 114 mil millones de pesos. Es decir que en menos de 12 meses la Nación estaría gastando 228 mil millones de pesos en dos referendos enfocados en la reelección presidencial de sólo una persona.

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