viernes, 3 de abril de 2009

Colombia en mora de ratificar convención contra desapariciones


Aunque este delito fue tipificado en el código penal en el año 2000, hasta el momento no hay un solo condenado por hechos de este tipo, señalan organismo de familiares afectados por este flagelo

EL GOBIERNO está en mora de ratificar la convención internacional contra la desaparición forzada, la cual suscribió el 27 de septiembre de 2007 a instancias de la ONU.

Así lo señaló la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (Asfaddes), organización que desde hace 26 años viene trabajando en el país en el acompañamiento a los familiares en la búsqueda de los desaparecidos, así como en promover mecanismos jurídicos y políticos para la sanción a los responsables.

“Nuestra campaña es para que el Estado colombiano ratifique la convención sin objeciones”, indicó en diálogo con EL NUEVO SIGLO, Gloria Gómez, coordinadora de Asfaddes.

La ONU aprobó en enero de 2007 este convenio, el cual se constituyó en el primer acto decisorio del Consejo de Derechos Humanos de la ONU.
Sin embargo para que esta Convención tenga fuerza vinculante es necesario que por lo menos 20 estados la ratifiquen, ya diez lo hicieron como Cuba y México, señaló Gómez.

Los países signatarios de la Convención Internacional contra la desaparición forzada se comprometen a no utilizar esta práctica, pero también a impedir y castigar a los responsables de actos de desaparición forzada. Además el establecimiento de garantías en cuanto a la prohibición de la detención clandestina de cualquier persona en cualquier lugar, el derecho a la justicia de los familiares de los desaparecidos, entre otras disposiciones.

La coordinadora de Asfaddes dijo que ha sido muy dilatado el proceso para la ratificación de esta convención. Añadió que “Colombia es campeón en firmar acuerdos y no cumplir”.

“Para hablar sobre la necesidad de la ratificación por parte de Colombia de la convención internacional contra la desaparición forzada, hemos buscado un encuentro con el vicepresidente de la República, Francisco Santos, que es el encargado de derechos humanos. Así se lo hemos hecho saber a través de un delegado de la Vicepresidencia; sin embargo, hasta ahora no ha sido posible este encuentro”, explicó Gómez.

Igualmente, indicó que el año anterior en un seminario sobre derechos humanos le pidieron al Fiscal General, Mario Iguarán, que se pronuncie sobre el tema.

Con el objeto de conocer si el Gobierno Nacional tiene previsto en el inmediato futuro ratificar esta convención, este diario intentó sin éxito comunicarse con el viceministro del Interior, Miguel Antonio Ceballos.

Vale decir que dentro de los cinco proyectos que la cartera de Relaciones Exteriores presentó al Congreso en días pasados, no figura la ratificación de la convención internacional contra la desaparición forzada.

Letra muerta

El delito de la desaparición forzada fue tipificado en la legislación colombiana por medio de la Ley 589 de 2000, sin embargo en concepto de Asfaddes, la misma no ha cumplido porque desdibuja la responsabilidad del autor del delito. Añadió que frente a este delito es muy difícil individualizar la responsabilidad, por eso no ha funcionado, señaló, para luego agregar que con esta norma hasta la fecha no hay un solo condenado por desaparición forzada.

Al respecto, el senador Alfonso Valdivieso señaló a este diario que “indudablemente, la ley 589 hay que empezar a utilizarla, eso es parte del problema. Por ejemplo, todo el tema del registro de la identificación de las víctimas y otras situaciones definidas en la norma no han tenido una aplicación práctica, y eso es un esfuerzo que el Estado debe adelantar”.

Otro problema que surge en torno al flagelo de la desaparición forzada es la dificultad para elaborar estadísticas. “En la base de datos de Asfaddes tenemos 15 mil casos registrados, pero hay que decir que en la mayoría de situaciones, por miedo los familiares no denuncian los hechos”, señaló Gómez.

Añadió que Asfaddes ha podido detectar en sus 26 años de labores, que hay tres clases de desapariciones: las absolutas, en las cuales se pierde toda posibilidad de encontrar al desaparecido; la extrajudicial, en la cuales la víctima aparece muerta tiempo después, como el caso de los falsos positivos de Soacha; y los que aparecen vivos, tras escapar a su captores.


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