martes, 5 de julio de 2011

Cómo se inscriben los candidatos independientes


Con la Ley 130 de 1994 se dio inicio a la conformación de los grupos significativos de ciudadanos en Colombia, como otra forma de participación en los certámenes electorales.

De acuerdo con el artículo 9 de dicha ley, los grupos de ciudadanos que reúnan un número de firmas correspondiente al 20% del resultado entre dividir el censo electoral de la circunscripción en que se quiera inscribir, con el número de cargos a proveer, podrán postular candidatos.

De esta forma, todos los aspirantes que no cuentan, o no quieren contar con el aval de un partido o movimiento político, pueden recoger firmas y deberán otorgar al momento de la inscripción una póliza de seriedad de la candidatura por la cuantía que fije el Consejo Nacional Electoral.

Dicha póliza deberá estar constituida a favor del Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Póliza de seriedad

Según la resolución 104 expedida por el Consejo Nacional Electoral (CNE), los candidatos que decidan lanzar su candidatura por medio de la recolección de firmas para el caso de Bogotá, el costo que deberán pagar será de $267’800.000.

Los candidatos interesados en aspirar a gobernaciones y asambleas en departamentos con una población igual o superior a 700 mil habitantes, como Norte de Santander, también deberán presentar una póliza equivalente a $267’800.000

En el caso de los municipios o ciudades que cuenten con una población mayor a 500 mil habitantes el costo de la póliza será de $214’240.000, para los de más de 100 mil habitantes, $107’120.000; para los de más de 50.000 habitantes, $53’560.000; para los de más de 25 mil habitantes, $40’170.000 y para los de menos de 25 mil habitantes, $26’780.000.

Este año se aumentaron los costos de las pólizas debido a que lo que se busca es que se presenten candidatos serios y con verdaderas posibilidades de ganar.

sobre el formato

Las firmas que se recojan como apoyo a una candidatura, respaldarán toda la lista. El contenido del formato de recolección de firmas deberá incluir los siguientes aspectos:

Encabezado: El formato debe tener un encabezado donde se indique claramente el objetivo de la recolección de apoyos y el nombre del grupo de ciudadanos que va a representar que será el mismo con que aparecerá en la tarjeta electoral.

Número de consecutivo: Debe tener un consecutivo que permita establecer la cantidad de firmas presentadas.

Nombres y apellidos: Al anotar los datos del firmante se tendrá en cuenta que dicha información debe ser diligenciada a puño y letra por el ciudadano.

Número de cédula: Sólo podrán apoyar la candidatura ciudadanos mayores de edad, y al igual que los nombres y apellidos deben ser anotados por el ciudadano.

Firma del ciudadano: Como afirmación al respaldo de los candidatos o lista de candidatos.

Logosimbolo de la campaña: Al momento de la inscripción debe aportar un logo que identifique la campaña para efectos de la tarjeta electoral.

Nombre del movimiento: Mediante el cual se denominará el movimiento para las tarjeta electoral, campaña política, reposición de gastos y curules asignadas.


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